El Consejo presbiteral y el Colegio de consultores, organismos de corresponsabilidad en el gobierno del Obispo diocesano. [Tesina]
Author(s)
Gracias Ramos, Oscar GiovanniTutor(s)
Juan Tortosa, Daniel
Date
2020Discipline
Derecho canónicoAbstract
En el presente trabajo previo a obtener la licencia en Derecho canónico, se ha querido
hacer referencia a dos figuras jurídicas que ocupan la organización de la Diócesis en su
estructura consultiva, que permiten a partir de su configuración, el buen gobierno de la
misma. La primera figura es el Consejo presbiteral, fruto de la concepción eclesiológica del
Concilio Vaticano II, la cual potencia la participación del presbiterio de manera activa, no
solo en el trabajo pastoral de la Diócesis, sino ahora su colaboración es de cooperación
fundamental en el gobierno de la Iglesia particular junto al Obispo diocesano; por lo que el
Concilio concibe un órgano representativo del mismo en la legislación canónica del CIC para
ayuda en el gobierno pastoral de la Diócesis. La segunda es el Colegio de consultores. Esta
es una figura que está presente en la tradición canónica, puesto que la creación de este órgano
ya estaba prevista en la legislación del CIC 17, para las Diócesis en las que no existiera el
Cabildo catedralicio por razones de falta de clero suficiente para su constitución. Estos dos
órganos de consulta son el resultado de la necesidad real que tiene el titular de una Iglesia
particular de gobernar su Diócesis con la cooperación del presbiterio en la Iglesia diocesana,
teniendo en cuanta que el Obispo y los presbíteros son necesarios colaboradores, para bien
del Pueblo de Dios a ellos encomendado.