La libertad religiosa en el ámbito internacional: tratados internacionales y las confesiones religiosas en las relaciones internacionales
Autor(es)
Gandía Barber, Juan Damián
Fecha
2020-06Disciplina
Derecho canónicoResumen
Los Convenios internacionales firmados por los diversos países, fruto de la concorde
voluntad de los Estados de pactar y obligarse a lo estipulado, originan un Derecho
Internacional que ha de ser acogido y respetado en los ordenamientos propios
de las diversas Naciones. En materia de Libertad Religiosa también sucede esto. En efecto, desde que en
1948 surgiera la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la libertad religiosa
ha sido uno de los contenidos de numerosos Pactos, Acuerdos y Convenios con carácter
vinculante para los países firmantes, así como también de otro tipo de documentos
carentes de este carácter, que han convertido a éste y a otros derechos, en materia de lo
que podríamos denominar “Derecho Eclesiástico Internacional público”, que influye
en la regulación interna del hecho religioso de los países signatarios, tal como se recoge
en el Tratado de Viena de 1969 y, en el caso del Estado Español, en la Constitución
Española de 1978, Norma fundamental de todo nuestro Ordenamiento jurídico.