Iglesias, confesiones, comunidades y federaciones de las mismas
Author(s)
García Vilardell, María RosaDate
2020-06Discipline
Derecho canónicoAbstract
El art. 16 de la Constitución española (en adelante, CE) sitúa la libertad religiosa
como uno de los principios definidores de nuestro Estado en materia religiosa. Si
partimos de la libertad religiosa como núcleo de nuestro Ordenamiento en la citada
materia y, por tanto, de nuestra disciplina, la confesión religiosa se presenta como
sujeto característico y nuclear del Derecho Eclesiástico.